¿Qué salida tengo si estoy siendo acusado de defraudación fiscal, lavado de dinero y delincuencia organizada?

¿Qué salida tengo si estoy siendo acusado de defraudación fiscal, lavado de dinero y delincuencia organizada? Para saber si existe alguna opción que no sea llegar al juicio al momento de ser acusado por los tres delitos, es necesario conocer más sobre en qué consisten y si contamos con alguna solución alternativa.

¿Qué salida tengo si estoy siendo acusado de defraudación fiscal, lavado de dinero y delincuencia organizada?

1. ¿En qué consisten y dónde los encontramos establecido?

Estos delitos los podemos encontrar establecidos en los artículos 108 del Código Fiscal de la Federación, artículo 400 Bis del Código Penal Federal y  artículo 2 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Mientras que la defraudación fiscal nos habla de quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. 

Las operaciones con recursos de procedencia ilícita o mejor conocido como lavado de dinero es cuando alguien por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: 

I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

Y por último la delincuencia organizada es cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos que se establecen en el mismo artículo.

2. ¿Cómo proceden estos delitos?

La defraudación fiscal procede por querella, el lavado de dinero por denuncia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la delincuencia organizada se sigue de oficio.

3. ¿Son delitos que amerita prisión preventiva?

Si procede la prisión preventiva de acuerdo a lo que establece el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

4. ¿Procede el acuerdo reparatorio?

No es procedente llegar a un acuerdo reparatorio.

5. ¿Es procedente la suspensión condicional del proceso?

Tampoco procede la suspensión condicional del proceso ya que no encuadra en los requisitos para poder llevarlo a cabo.

6.¿Existe alguna salida distinta al juicio si estoy siendo acusado de defraudación fiscal, lavado de dinero y delincuencia organizada?

Debido a que se presentan los tres delitos en conjunto no es posible alguna salida distinta al juicio.

¿Qué salida tengo si estoy siendo acusado de defraudación fiscal, lavado de dinero y delincuencia organizada?

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¿Tu empresa necesita consultoría penal ?

Te podemos ayudar con :