LA IMPORTANCIA DE UN COMPLIANCE EN MATERIA PENAL-FISCAL, SIGUE ESTOS 4 CONSEJOS

LA IMPORTANCIA DE UN COMPLIANCE EN MATERIA PENAL-FISCAL

LA IMPORTANCIA DE UN COMPLIANCE EN MATERIA PENAL-FISCAL.

Para saber la importancia de tener un compliance en materia penal fiscal, es necesario saber de qué estamos hablando cuando hacemos referencia a este.

Antes de empezar, es necesario precisar que el compliance de acuerdo a la World Compliance Association es considerado como un conjunto de procedimientos y buenas prácticas que las organizaciones adoptan con el fin de identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos.

Cuando hablamos de un compliance en materia penal, nos referimos a un catálogo de estándares mínimos de cumplimiento. De acuerdo a Kuhlen se define como “ Una serie de medidas, implementadas por la empresa, que rigen a ésta  a sus trabajadores y cuya infracción puede ser, eventualmente sancionada”.

¿Crees que puedes tener una orden de aprehensión en tu contra? ¿Fui denunciado por un delito? ¿Qué hacer si me llego un citatorio del fiscal o del ministerio público? ¿Qué hacer si está detenido tu familiar o ser querido?

Si estas en una de estas situaciones podemos ayudarte.

¿LA IMPORTANCIA DE UN COMPLIANCE EN MATERIA PENAL-FISCAL?

Es importante ya que a través de este, se busca que todos los integrantes de las empresas, cumplan con los mandatos y las prohibiciones jurídicas penal-fiscal, para que en caso de que se presente una infracción, sea posible su descubrimiento y adecuada sanción.

El tener un sistema de compliance no significa que existirá una solución automática, pero si es conveniente que las empresas establezcan responsablemente un departamento de cumplimiento que cuenta con procedimientos altamente estructurados para prevenir riesgos y responsabilidades de todos y cada uno de los miembros de la corporación.

¿En que me puede ayudar el implementar un compliance penal fiscal en mi empresa?

En la actualidad estar organizado bajo un modelo de compliance evita que la empresa en general, es decir tanto directivos como trabajadores, sean expuestos de forma constante a todo tipo de responsabilidades, incluso los efectos negativos que pudiera causar a la reputación.

Se puede dar la disminución de riesgos empresariales, así como también la medidas adecuadas para enfrentar la eventualidad de un problema en las praxis, asimismo atenuar una probable responsabilidad penal o incluso quedar excluidos del delito.

¿El tener un compliance puede eliminar la responsabilidad penal a la empresa y a sus propietarios?

Puede atenuar la responsabilidad, ya que al momento de ser requerida ante una probable imputación, la persona jurídica deberá acreditar que su programa de cumplimiento en caso de que este exista, se sustenta en un diagnóstico preliminar, que el personal conoce el programa y este es supervisado por un oficial responsable.

Para que un compliance program pueda ser exitoso a escala de un juicio de corte penal debe cumplir con 5 fases:

  1. Elaboración de un diagnóstico institucional que incluya la deteccion y eliminacion de riesgos.
  2. Diseño de reglas mínimas y autorregulación.
  3. Capacitación y evaluación periódica del personal de la empresa.
  4. Implementación de un sistema de denuncias interno y externo.
  5. Aplicar un sistema de supervisión y sanción liderado por un compliance officer.

Con la creación de un compliance se busca acreditar que el ente colectivo ha cumplido con los requisitos establecidos por el sistema penal para poder quedar excluidos de toda responsabilidad penal.

Bock: “ Criminal compliance significa, eliminar los riesgos de una imputación penal”.

Tener un compliance en mi empresa puede eliminar la responsabilidad de la empresa y el del propietario de la empresa?

La respuesta es SI, aunque el codigo nacional de procedimientos penales no establece de manera expresa que la implementacion de un programa de cumplimiento dentro de su empresa excluye la responsabilidad penal, no es menos cierto que en el articulo 421 de aquel ordenamiento señala lo siguiente :

“Articulo 421: Las personas jurídicas serán penalmente responsables, de los delitos cometidos a su nombre, por su
cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen, cuando se haya determinado
que además existió inobservancia del debido control en su organización
. Lo anterior con independencia
de la responsabilidad penal en que puedan incurrir sus representantes o administradores de hecho o de
derecho”

Bajo este analisis, pudiera acreditarse la falta de dolo al haber implementado un verdadero programa de compliance para tu empresa, ya que en materia de delitos fiscales no existe la culpa, es decir, la imprudencia para la comision del delito.

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

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