Quien me puede denunciar por delitos fiscales?

¿Quien me puede denunciar por delitos fiscales?

Quien me puede denunciar por delitos fiscales? En este blog te explicaremos si es posible que un particular presente una denuncia en tu contra por un delito fiscal ante la Fiscalía General de la República.

Antes de contestar esta pregunta mencionaremos algunos puntos importantes a considerar.

Quien me puede denunciar por delitos fiscales?

Esto se debe a que los delitos fiscales como bien lo establece el código fiscal de la federación en el artículo 92, deben de ser denunciadas por la Secretaria de Hacienda y Credito Publico quien funge como victima en delitos fiscales, lo cual implica que las denuncias, querellas o equivalentes deberan ser investigados por la fiscalía general de la república.

Artículo 92.- “La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá el carácter de víctima u ofendida en los procedimientos penales y juicios relacionados con delitos previstos en este Código.”

¿Crees que puedes tener una orden de aprehensión en tu contra? ¿Fui denunciado por un delito? ¿Qué hacer si me llego un citatorio del fiscal o del ministerio público? ¿Qué hacer si está detenido tu familiar o ser querido?

Si estas en una de estas situaciones podemos ayudarte.

Asimismo  en la página oficial de la Fiscalía podremos encontrar un apartado en donde nos explica que estos delitos son investigados por una Unidad Especializada en Delitos Fiscales y Financieros, la cual se encarga de perseguir delitos, entre los cuales encontramos los establecidos en el código fiscal de la federación.

¿En un delito fiscal quien es la víctima u ofendido?

En el mismo artículo antes mencionado específica que la víctima u ofendido siempre será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

“Para proceder penalmente por los delitos fiscales previstos en este Capítulo, será necesario que previamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: 

I. Formule querella, tratándose de los previstos en los artículos 105, 108, 109, 110, 111, 112 y 114, independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que en su caso se tenga iniciado. 

II. Declare que el Fisco Federal ha sufrido o pudo sufrir perjuicio en lo establecido en los artículos 102, 103 y 115. 

III. Formule la declaratoria correspondiente, en los casos de contrabando de mercancías por las que no deban pagarse impuestos y requieran permiso de autoridad competente, o de mercancías de tráfico prohibido…”

¿Qué necesita la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para proceder penalmente contra estos delitos?

Solo bastará con que presente una querella, denuncia, formule declaratoria, según sea el caso que corresponda.

Entonces ¿Me puede denunciar un particular por un delito fiscal ante la Fiscalía General de la República?

Ahora que sabemos esto podemos decir que un particular no tiene la facultad de denunciar a otra persona por un delito fiscal, ya que no tiene carácter de víctima u ofendido, por lo cual no podría presentar una denuncia o querella ante la autoridad federal, quien se encarga de perseguir estos delitos.

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

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