LAVADO DE DINERO Y SUS CONSECUENCIAS PENALES.

LAVADO DE DINERO Y SUS CONSECUENCIAS PENALES.

LAVADO DE DINERO Y SUS CONSECUENCIAS PENALES. ¿Alguna vez te has preguntado a qué se refieren las autoridades cuando hablan de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en donde podemos encontrar este tipo penal, o si en realidad te encuentras involucrado en este delito? Aqui te explicaremos todo sobre este tema, resolveremos algunas dudas frecuentes a fin de que sepas cuales son las consecuencias que conlleva cometer este delito.

LAVADO DE DINERO Y SUS CONSECUENCIAS PENALES.

1. ¿Qué es el lavado de dinero? 

Como muchos saben las operación con recursos de procedencia ilicita, mejor conocida como lavado de dinero es un delito que se ecuentra tipificado por el Código Penal Federal en su articulo 400 Bis, el cual establece expresamente lo siguiente:

Artículo 400 Bis. Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que, por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: 

I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o 

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II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita. 

2. ¿Cómo se acredita el delito de lavado de dinero?

  1. Adquiriendo, encajando, administrando, custodiando, que cuente con la posesión, convierta, depositando o retirando, entre otras cuestiones, recursos, que provengan de una actividad ilícita.
  2. Teniendo el conocimiento de la procedencia ilícita de dicha actividad lo oculte o encubra.

3. ¿Cómo procede el delito de lavado de dinero?

Para que pueda ser procedente este delito, es decir para comenzar una investigación en contra de quien resulte responsable de este delito, es necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presente una denuncia, ante la autoridad competente.

4. ¿Es un delito que amerita prisión preventiva?

En los ordenamientos tales como Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, así como el Código Nacional de Procedimientos Penales, los cuales establecen un catálogo de delitos cuya prisión preventiva es de oficio, no se encuentra establecido este delito, sin embargo dentro del proceso se podría imponer esta medida cautelar.

5. ¿Puedo llegar a un acuerdo sí estoy siendo acusado de lavado de dinero?

No, esto no es posible ya que tendria que cumplir con ciertos requisitos para que el delito pudiera encuadrar en los supuestos para que pueda llegar a un acuerdo reparatorio.

6. ¿Procede la suspensión condicional del proceso por este delito?

Tampoco será procedente la suspensión condicional del proceso, es un delito que puede parecer simple, sin embargo no lo es y al no cumplir con los requisitos establecidos por el Código Nacional de Procedimientos Penales, no es posible esta salida.

7. ¿Existe otra opción que no sea llegar a juicio para que termine el proceso por este delito?

Lamentablemente no, aunque muchos delitos fiscales pueden sobreseer a petición de la víctima, es decir la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, el caso del lavado de dinero no existe otra salida distinta al juicio.

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

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