Contrabando: 5 preguntas para saber si lo has cometido.

En el blog de hoy hablaremos sobre el delito de contrabando, sobre las penalidades y que mercancías puedes ingresar al país sin tener que pagar impuestos.

Contrabando: 5 preguntas para saber si lo has cometido. Muchas personas se preguntan qué mercancías son las que no pueden cruzar por las aduanas y las cantidades que deben cruzar. El Código Fiscal de la Federación es la ley que por excelencia reglamenta este delito.

Contrabando: 5 preguntas para saber si lo has cometido.
El contrabando es un delito por el cual se comercializan bienes que han ingresado del exterior a un país de forma ilícita.

Pero primero, ¿qué es el contrabando? 

El contrabando es el ingreso o egreso de cualquier tipo de mercancía a un país sin pagar los impuestos respectivos o sin haber cumplido con la regulación aduanera que ello corresponde, es decir, es un delito por el cual se comercializan bienes que han ingresado del exterior a un país de forma ilícita.

Usualmente se da cuando la venta de algún producto o una mercancía se encuentra prohibida en algún país, entonces la única forma de poder hacer llegar el producto o la mercancía al consumidor será por medio del contrabando.

Cuando escuchamos la palabra contrabando, rápidamente pensamos en dinero o armas han ingresado a determinado territorio de forma ilegal. Sin embargo, con el simple hecho de no declarar el ingreso de cualquier mercancía al país o no pagar los impuestos correspondientes, configura este delito.

¿Crees que puedes tener una orden de aprehensión en tu contra? ¿Fui denunciado por un delito? ¿Qué hacer si me llego un citatorio del fiscal o del ministerio público? ¿Qué hacer si está detenido tu familiar o ser querido?

Si estas en una de estas situaciones podemos ayudarte.

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¿Cuáles son los tipos de contrabando? Existen dos tipos:

  • Contrabando abierto: que es aquel en donde se evade el despacho aduanero, es decir, la mercancía ingresa al país sin pasar por las aduanas y, por lo tanto, no se pagan impuestos.
  • Contrabando técnico o documentado: la mercancía ingresa al país por la aduana con triangulaciones, reetiquetados y documentación falsa o de origen apócrifo, la finalidad es no pagar aranceles ni impuestos correspondientes.

La finalidad del contrabando es la de evadir impuestos, implicando así pérdidas en recaudación al fisco, sin mencionar el daño que es ocasionado por la iniciativa privada. Este delito se encuentra tipificado en el Código Fiscal de la Federación en sus artículos del 102 al 107, implicando este último como contrabando calificado.

¿Cuáles son las penalidades para el delito de contrabando?

Se castiga con pena de prisión y se encuentran establecidas en el artículo 104 del Código Fiscal de la Federación y son las siguientes:

SUPUESTOPENALIDAD
Si el monto de las contribuciones o de las cuotas compensatorias omitidas, es de hasta $1,385,610.00 respectivamente o, en su caso, la suma de ambas es de hasta $2,078.400.00 .De tres meses a cinco años.
Si el monto de las contribuciones o de las cuotas compensatorias omitidas, excede de $1,385,610.00 respectivamente o, en su caso, la suma de ambas excede de $2,078,400.00 .De tres a nueve años.
Cuando se trate de mercancías cuyo tráfico haya sido prohibido por el Ejecutivo Federal en uso de las facultades señaladas en el segundo párrafo del artículo 131 de la CPEUM.De tres a nueve años.
Cuando no sea posible determinar el monto de las contribuciones o cuotas compensatorias omitidas con motivo del contrabando o se trate de mercancías que requiriendo de permiso de autoridad competente no cuenten con él o cuando se trata de los supuestos previstos en los artículos 103, fracciones IX, XIV, XIX y XX y 105, fracciones V, XII, XIII, XV, XVI y XVII de este Código.De tres a seis años.
En los demás casos de mercancías de tráfico prohibido.De tres a nueve años de prisión.

¿Qué mercancías puedo ingresar al país sin pagar impuestos en la aduana? 

Existe una página oficial del Sistema de Administración Tributaria (SAT) llamado ¨Guía Programa Héroes Paisanos. A tu Ingreso a México¨ que te indica qué mercancía puedo ingresar sin pagar impuestos en aduana y te lo simplificamos aquí:

  1. Franquicia Fiscal, es el beneficio que tienes para NO pagar impuestos por introducir al país mercancías adicionales a tu equipaje personal.

Si viajas por carretera: 

  • Durante los Operativos del Programa Paisano será de 500 dólares.
  • El resto del año es de 300 dólares.

Si viajas por avión o barco:

  • Todo el año será de 500 dólares.

Si eres residente de la franja o región fronteriza (solo mayores de edad):

  • Todo el año será de 150 dólares.

Las franquicias de los integrantes de tu familia son acumulables si todos viajan simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

La Franquicia Fiscal NO INCLUYE:

  • Bebidas alcohólicas.
  • Tabacos labrados.
  • Combustible automotriz (salvo el que se contenga en el tanque de combustible del vehículo que cumpla con las especificaciones del fabricante).
  1. Equipaje personal, que son las mercancías que están incluidas en tu equipaje personal, nuevas o usadas, y los bienes de uso personal.
  • Ropa, calzado y productos de aseo y belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluídos un ajuar de novia; artículos para bebés tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluyendo sus accesorios.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Dos cámaras fotográficas o de videograbación, material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de otras redes inalámbricas; con un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similar; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil con sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Cinco discos láser, diez discos DVD, treinta discos compactos (CD´s), tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Cinco juguetes, incluyendo de colección y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrar la receta médica correspondiente.
  • Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tratándose de pasajeros mayores de 18 años: un máximo de diez cajetillas de cigarros, veinticinco puros o doscientos gramos de tabaco; hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Para adultos mayores y personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, silla de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un aparato portátil, para el grabado o reproducción de sonido mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de DVD, así como un juego de bocinas portátiles y sus accesorios.

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¿Qué mercancías se aplican al pago de impuestos?

Si las mercancías, distintas a las de tu equipaje y tu franquicia, tienen un valor que no supera los $3,000 dólares o $4,000 dólares o su equivalente en moneda nacional, cuando se incluya equipo de cómputo, debes pagar 19% del valor total. 

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