¿QUE HACER SI ME DETIENE LA POLICIA POR UN DELITO?

¿QUE HACER SI DETIENE LA POLICIA POR UN DELITO?

¿QUE HACER SI DETIENE LA POLICIA POR UN DELITO?

¿Alguna vez has estado en una situación complicada, en donde te llaman para avisar que algún familiar tuyo fue detenido por la comisión de un delito y no sabes qué hacer?, Aqui te explicaremos todo sobre las detenciones, los motivos que de los que pueden derivar, que tipos existen, qué puedes hacer tú como familiar, para ayudar a la persona, entre otras cosas.

Es importante que conozcas sobre los tipos de detenciones que existen, ya que si eres acusado de haber cometido un delito, es que pudo haber sido detenido tu familiar en cualquiera de estos supuestos. 

  Que tipos de detenciones existen?

Flagrancia delictiva (Es cuando detienen a tu familiar al momento de haber cometido el delito)

Se entiende que existe flagrancia cuando se detiene a la persona justo en el momento en que está cometiendo el delito, por ejemplo si una persona está robando en una tienda y en ese mismo momento lo ve un policía y lo detiene, o si robó y quiso huir sin embargo iba pasando un policía al cual la víctima le señala que la persona va corriendo le robó algo y lo persigue hasta hasta que logra detenerlo justo después de que se cometió el delito. 

Estos supuestos los podemos encontrar señalados en el artículo 149 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en donde es importante saber que es siempre después de realizar la detención debe ponerse la persona a disposición del ministerio público para que este pueda darle el seguimiento según la ley.

¿Crees que puedes tener una orden de aprehensión en tu contra? ¿Fui denunciado por un delito? ¿Qué hacer si me llego un citatorio del fiscal o del ministerio público? ¿Qué hacer si está detenido tu familiar o ser querido?

Si estas en una de estas situaciones podemos ayudarte.

Caso urgente (muy poco probable que este sea tu caso)

Esto se da cuando existen datos de que el hecho cometido se trata de un delito grave y la persona a la que detienen fue la misma que lo cometió o participó, por ejemplo en un homicidio doloso, si se tienen datos suficientes para comprobar que determinada persona pudo ser el autor del delito. 

Otro supuesto podría ser si existe el riesgo de que la persona se sustraiga de la acción de la justicia, es decir que pueda huir del país, por ejemplo si la persona que cometió el delito vive en frontera y tiene la facilidad de cruzar a Estados Unidos. O por razón de modo, tiempo y lugar, la persona pueda evadir la justicia.

Al igual que en el caso de la detención en flagrancia, es necesario que la persona que realizó la detención por caso urgente, deberá poner al detenido a disposición del ministerio público para que esté a su vez lo presente ante el  Juez.

Orden de aprehensión

Las detenciones que se dan cuando existe una orden de aprehensión de por medio, puede ser porque existe todos los datos necesarios para que la personas sea detenida y existe posibilidad de que se sustraiga de la acción de la justicia o cuando la persona  no ha comparecido a las citaciones que se le han hecho. 

Por ejemplo un imputado al cual se le ha citado para que comparezca a audiencia, sigue sin hacerlo aunque en repetidas ocasiones se le ha enviado el citatorio, en estos casos el ministerio público en audiencia privada puede solicitar al juez que se gire orden de aprehensión ya que la persona a pesar de ser apercibido sigue sin presentarse y puede darse el caso que esté realizando intentos de sustraerse de la acción de la justicia. 

Y en la mayoria de los casos cuando se trate de delitos graves como homicidios, violaciones y al familiar acusado de haber cometido el delito no lo hayan detenido al momento de cometerlo, seguramente cuando el ministerio público tenga pruebas sobre su responsabilidad se le va a detener en el lugar donde se encuentre.

En todos estos casos es de suma importancia que inmediatamente busques a un abogado penalista para que comience a defender a tu familiar, ya que si no se encuentra representado desde un principio, pueden cometerse errores graves los cuales tengan como consecuencia que por no haber tenido defensa tecnica desde un principio  tu familiar pueda terminar en prision habiendo otras alternativas distintas.

¿Cuánto tiempo puede estar detenida una persona?

En caso de que haya sido detenido en flagrancia, es decir, en el mismo momento de haber cometido el delito, el ministerio público tiene la obligación  dentro de un plazo de 48 horas si el detenido quedará libre o será puesto a disposición del juez, en virtud a a las particularidades de cada delito.

Existen ciertos delitos en los cuales la persona que fue detenida puede llegar a un acuerdo con el ministerio público dentro de las 48 horas, así evitando así que sea enviado a prisión.

Es necesario saber que los acuerdos únicamente proceden una vez que el ministerio público o el juez los aprueba, y se tienen que cumplir con ciertas condiciones, las cuales explicaremos a continuación.

  1. Los delitos que se persiguen por querella, por ejemplo una riña, si una persona golpeo a otra en riña, y la víctima decide llegar a un acuerdo con el responsable, se le pagara la cantidad que acuerden por las lesiones causadas, cuando el ministerio público lo apruebe, la acción penal se extinguirá.
  2. Los delitos culposos, en este caso podríamos poner de ejemplo lesiones ocasionadas por un accidente de tránsito, si las personas involucradas llegan a un acuerdo, ya sea de pagar los daños materiales, y personales, entre otras cosas, a lo cual la autoridad deberá aprobarlo.
  3. Por último, cuando se trate de un delito patrimonial sin violencia, por ejemplo un fraude, en este caso aplica igual que en los anteriores, si las personas llegan a un acuerdo y la autoridad competente lo aprueba, la acción penal se extinguirá.

¿QUE HACER SI ME DETIENE LA POLICIA POR UN DELITO?

Las personas cuando son detenidas deben de contar con un abogado, ya sea un defensor privado o uno de oficio, esto ya que es un derecho con el que cuentan. 

No solo lo encontramos establecido en la Constitución sino también en el Código Nacional de Procedimientos Penales, mismos que nos mencionan que toda persona tiene derecho a una defensa adecuada por un abogado.

Como ya mencionamos la defensa puede ser privada, es decir que la persona o la familia de la persona contrate un abogado particular, quien desde el momento de su detención deberá de acudir al lugar en donde se encuentre la persona detenida y brindarle sus servicios jurídicos.

De igual forma aquellos que no cuenten con los recursos para contratar a un defensor particular, o simplemente no tengan el deseo de hacerlo, el Estado, tiene la obligación  de brindar la defensa pública, quien llevará a cabo las mismas funciones como si fuera un abogado particular.

Recordemos que los imputados tienen derechos, y estos no deben de sobrepasarse.

¿Cuáles son los delitos que se consideran graves? 

Si tu familiar es detenido y es acusado de haber cometido alguno de estos delitos, es importantisimo que acudas de inmediato con un abogado penalista para que pueda defenderlo.

Este catálogo enlista los siguientes delitos, mismos que cada tipo penal lo podremos encontrar en el Código Penal de cada Estado.

  • Delitos de abuso o violencia sexual contra menores: En este como se nota va más enfocado en los delitos contra menores, pero de igual manera en una indole sexual, 
  • Delincuencia organizada: La delincuencia organizada se entiende una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada.
  • Homicidio doloso: Este es un tipo de delito que radica en privar de la vida a una persona con la intención de producir tal resultado.
  • Feminicidio: Asesinar de una mujer por el hecho de serlo, sin embargo para que se pueda dar este delito es necesario que se cumpla con los supuestos que el Codigo Penal establece.
  • Violación: La violación es cuando alguien te fuerza o presiona para que tengas relaciones sexuales. Aquí no se dan especificaciones, ya sea a menores, mujeres, etc. este delito es en general.
  • Secuestro: El secuestro se entiende al apoderamiento y retención que se hace de una persona con el fin de pedir rescate en dinero. Hay que enfocarnos mucho en esta parte, el hecho de pedir un rescate, cuando se analizan los delitos, siempre vienen como en partes, y cada una de estas es importantes, ya que se tienen que cumplir para que tenga todos los elementos de tal delito, o sea, para que se cumpla con la tipicidad; así que para que se cumplan con los elementos del delito secuestro, la persona que lo cometió, debió de haber pedido un rescate en dinero.
  • Trata de personas. La trata de personas, comercio de personas o tráfico humano es el movimiento ilegal de seres humanos con propósitos de esclavitud laboral, mental, reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, extracción de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud contra la voluntad y el bienestar del ser humano. Gran parte del tráfico humano se realiza con fines comerciales clandestinos.
  • Robo de casa habitación: El delito de robo a casa habitación es definido como el acto que comete un presunto delincuente al apoderarse de bienes ajenos al invadir propiedades privadas como casas, terrenos o departamentos.
  • Uso de programas sociales con fines electorales: Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
  • Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito: Los delitos por hechos de corrupción se encuentran previstos en el Código Penal Federal y en los códigos penales de las entidades federativas. 
  • Ejercicio abusivo de funciones: Comete el delito de ejercicio abusivo de funciones el servidor público que en el desempeño de su cargo otorgue indebidamente por sí o por interpósita persona, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones; efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público o cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa
  • Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades: Se definió legalmente el robo al autotransporte como el delito en contra de personas que presten y utilicen por sí o por un tercero los servicios de autotransporte de carga, pasajeros, turismo o transporte privado con pena de seis a 12 años cuando el robo sea en mercancías.
  • Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos: Estos serían por ejemplo aquellos de sustracción de hidrocarburos, al que enajenen gasolina o diesel, entre otros.
  • Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares: Incurre en el delito de desaparición cometida por particulares quien prive de la libertad a una persona con la finalidad de ocultar a la víctima o su suerte o paradero. A quien cometa este delito se le impondrá pena de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa.
  • Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos: Por ejemplo si se llevo a cabo de un robo a mano armada, es decir que haya utilizado un arma blanca, arma de fuego, etc.
  • Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea: Por ejemplo la portación o posesión de armas.
  • Delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud: Por ejemplo, traicion a la patria, espionaje, terrorismo, entre otros.

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

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