¿Qué debo hacer si me están acusando de violación?

orden de aprehensión
violacion

¿Qué debo hacer si me están acusando de violación? Te informaron que fuiste acusado por violación?, seguramente si es así en este momento estés pensando que en cualquier momento puede llegar la policía a detenerte, es por ello que queremos informarte cuál es el proceso que sigue este tipo de acusaciones y que debes hacer para estar informado, es importante mencionar que el proceso será el mismo si la acusación es falsa o verdadera?

¿Cuál es el primer paso que debe seguir la víctima de un delito de violación?

El primer paso que debe seguir una víctima de un delito de violación es inmediatamente acudir a la fiscalía o ministerio público del Estado en donde viva la persona, por lo que el proceso será el siguiente:

El fiscal le tomará la declaración a quien se ostenta como víctima en presencia de un psicólogo.

El primer paso es de inmediato tomarle su declaración, en esta misma declaración deberá ser en compañía de un psicólogo y del fiscal del ministerio público, en donde la víctima declara los hechos.

El hecho acusado sea cierto o no, el fiscal del ministerio público investigara el hecho  e iniciara las investigaciones, así mismo si la víctima es menor de edad aplicará protocolos para evitar la revictimización de las mismas, y si el fiscal prejuzga a la víctima o no cree lo que está diciendo pudiera ser revictimizada por el estado al hacerle difícil el acceso a la justicia por alguna de estas causas.

¿Crees que puedes tener una orden de aprehensión en tu contra? ¿Fui denunciado por un delito? ¿Qué hacer si me llego un citatorio del fiscal o del ministerio público? ¿Qué hacer si está detenido tu familiar o ser querido?

Si estas en una de estas situaciones podemos ayudarte.

El fiscal verificará si el agresor o la persona señalada vive en el mismo domicilio de la víctima, y si es así buscará garantizar la seguridad de la víctima mediante medidas de protección.

En muchos casos, el agresor resulta ser pariente de la víctima o vivir en el mismo domicilio, por lo que si es así, el fiscal del ministerio público debe de realizar acciones para evitar que el agresor y el acusado de delito estén cerca, por lo menos en lo que se esclarecen los hechos delictivos.

El fiscal recaba pruebas a efectos de acreditar el hecho y verificar si es cierto o no.

El fiscal inicia con pruebas para poder acreditar el hecho, como por ejemplo dictamen medicos, ginecologicos, proctológicos, recabar testimonios (los cuales regularmente son testigos directos e indirectos, como pudiera ser la madre de la víctima que señaló que si estuvieron solos el agresor y la víctima en determinado tiempo o algún testigo que señale el comportamiento inadecuado del agresor con la víctima).

En este tipo de delito es muy común que no haya testigos presenciales del hecho delictivo, ya que este tipo de hecho regularmente se comete sin presencia de testigos, de manera oculta, lo cual es sabido por los jueces,  fiscales y es por ello que buscan otras pruebas para poder darle fuerza al testimonio de la víctima.

En caso de contar con el fiscal con datos de prueba convincente le solicitará al juez una audiencia para formular cargos ya sea  por orden de aprehensión, o en su defecto, si no hay datos, que el fiscal determine el no ejercicio de la acción penal.

En caso de que el fiscal cuente con elementos suficientes para poder acreditar de manera probable el hecho sexual y la probable responsabilidad será motivo suficiente para que pueda acudir el fiscal con el juez para solicitarle orden de aprehensión para después  formularle  cargos.

Sin embargo la información importante viene incluida en la siguiente pregunta a responder: 

 Por el delito de violación necesariamente te van a girar orden de aprehensión ya se que es un delito de prisión preventiva oficiosa y se entiende que existe necesidad de cautela.

Delitos en donde probablemente me giraran orden de aprehensión si es que hay probabilidad de haber cometido el delito.

  • Cualquier tipo de delito sexual cometido contra menores de edad.
  • violacion y sus equiparables.

En estos casos la ley los considera de prisión preventiva de oficio, por lo que la forma de llevarlos con el juez será por medio de orden de aprehensión.

  •    Cuando el fiscal acredita que el acusado no tiene domicilio, es un riesgo para la víctima o busca desaparecer pruebas.

Esta  puede ser otra vía en la que sea necesario llevar al acusado con el juez mediante una orden de aprehensión.

Delito de Violación

Violación: Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de seis a diecisiete años.

Si tu acusación es por delito considerado grave ( en donde se ejecuta orden de aprehensión para llevarte con el juez) es recomendable acudir a consulta con un abogado penalista de inmediato.

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Contacta a los mejores abogados penalistas aquí...

DEFENSA PENAL