¿Me pueden arrestar en Estados Unidos por una orden de arresto expedida en México?

arrestar en Estados Unidos

Arrestar en Estados Unidos por una orden expedida en Mexico? es común que ciudadanos estadounidenses hayan tenido problemas penales-criminales en Mexico y despues del paso del tiempo hayan sido informados de que fueron denunciados en México y que probablemente tengan una orden de arresto, pero es posible que con una orden de arresto expedido por la fiscalía mexicana puedas ser arrestado en Estados Unidos? Lo responderemos con las siguientes preguntas.

Lo primero tiene que suceder es que exista una denuncia por un hecho que sea delito en México, por otra parte tiene que haber pruebas suficientes para efectos de que pueda establecerse la probabilidad del imputado.

La ley establece estos requisitos para solicitar una orden de arresto “De los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Público, se desprendan datos de prueba que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión. Se entenderá que obran datos que establecen que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito cuando existan indicios razonables que así permiten suponerlo”

Después de que se tiene esta información por parte de la fiscalía mexicana  lo que tiene que suceder es que se tiene que acudir con el juez mexicano para solicitar una orden de arresto en contra de la persona acusada, misma que será otorgada por el juez cuando se exponga y se prueba que la persona acusada del delito se encuentra en los estados unidos de américa, la razón es que la justicia mexicana establece que una persona que no vive en México será difícil presentarla a juicio por no vivir en este país, razón por la cual será necesaria una orden de arresto para poder presentarlo frente al Juez.

¿Crees que puedes tener una orden de aprehensión en tu contra? ¿Fui denunciado por un delito? ¿Qué hacer si me llego un citatorio del fiscal o del ministerio público? ¿Qué hacer si está detenido tu familiar o ser querido?

Si estas en una de estas situaciones podemos ayudarte.

Lo primero que tiene que hacer el gobierno mexicano por medio de la fiscalía que está investigando a la persona acusada de un crimen, como por ejemplo la fiscalía en tijuana o en cancún es solicitar al departamento de la fiscalía general de la república (FGR) realizar los trámites correspondientes para efectos de enviar la información de la persona acusada del delito, el crimen por el cual está siendo acusada, el lugar en donde se encuentra en Estados Unidos, esta información es la que tendrá que ser enviada a la interpol para el arresto de la persona en estados unidos.

Además de eso tienen que concurrir las siguientes reglas de la ley de extradición internacional:

ARTÍCULO 6

I.- Que tratándose de delitos dolosos, sean punibles conforme a la ley penal mexicana y a la del Estado solicitante, con pena de prisión cuyo término medio aritmético por lo menos sea de un año; y tratándose de delitos culposos, considerados como graves por la ley, sean punibles, conforme a ambas leyes, con pena de prisión

Esto significa que en estados unidos también tiene que existir el crimen por el cual se giró la orden de arresto en México, por ejemplo si fuiste acusado por violación en México, en Estados Unidos también tiene que existir el crimen. El hecho de que en estados unidos el crimen no sea identifico o lleve un nombre distinto (por ejemplo que en mexico se llame abuso sexual y en estados unidos agresión sexual) no sera limitante para que proceda la extradicion.

Las reglas de la extradición de personas se encuentran establecidas en la ley de extradición internacional, sin embargo de manera resumida este es el proceso que debe seguir primeramente el gobierno mexicano.

  • Las Fiscalías Generales solicitan la intervención de esta Institución para iniciar un procedimiento de extradición de una persona ubicada en el extranjero que cuenta con un mandamiento judicial vigente y ejecutable.
  • La Fiscalía general de la república es la que debe conocer de conformidad a lo establecido en nuestra Constitución Política, pues es la facultada para intervenir en los procedimientos de extradición.
  • La Dirección General de Procedimientos Internacionales, que pertenece a Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales (SJAI), revisa y analiza si la solicitud reúne los requisitos previstos en el Tratado bilateral aplicable o bien la Ley de Extradición Internacional a falta de aquel.
  • Una vez localizada la persona en el extranjero y se ha descartado que se trate de una homonimia, es decir, se asegura que es la persona requerida en extradición, se elabora una solicitud de detención provisional con fines de extradición o una petición formal de extradición; asimismo, las solicitudes y/o peticiones formales de extradición se acompañarán de los documentos que soporten las mismas.
  • Las solicitudes de detención provisional con fines de extradición o las peticiones formales de extradición deben ser presentadas ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), quien es la dependencia facultada para cursarla por la vía diplomática.
  • En esta etapa la SRE se encuentra facultada para analizar que la solicitud y/o petición de extradición cumple con los requisitos establecidos en los Tratados Internacionales o los requisitos en materia de extradiciones del país requerido. Una vez analizada, la Cancillería por medio de la representación diplomática en el país requerido se encargará de presentarla a la autoridad central de dicho Estado mediante una nota diplomática.
  • Las autoridades del Estado requerido detienen a la persona reclamada e inicia el procedimiento de extradición con una autoridad judicial. Durante esta etapa, el reclamado contará con una defensa adecuada que lo asistirá en el procedimiento de extradición, por lo que en ocasiones el proceso puede ser prolongado, y es muy importante la comunicación entre las autoridades mexicanas con las del Estado requerido para soportar la solicitud de extradición. En algunas ocasiones en esta etapa los reclamados consienten en su extradición y se agiliza su entrega.
  • Una vez que termina la etapa judicial, se turna el asunto dependiendo de cada país a otra Instancia en donde el Estado requerido resuelve sobre la procedencia de la extradición. Se debe aclarar que cada país cuenta con su propio procedimiento interno de extradición en el que se definen las instancias a las que pueden acudir los extraditables.
  • El Estado requerido CONCEDE o NIEGA la extradición, cabe señalar que pueden ser recurribles ambas decisiones tanto por la defensa del reclamado como por la Fiscalía que defiende la postura del gobierno mexicano reclamante de la extradición. Por lo que se continúa con esta etapa hasta que la resolución de CONCEDIDO o NEGADO se encuentre firme. Si la resolución es positiva se continúa con el procedimiento de extradición, en caso contrario, se concluye el mismo y se deja en libertad al reclamado.
  • Si la resolución definitiva es CONCEDIDA, la extradición es notificada por las autoridades del Estado requerido a las autoridades de México, por lo que se inicia la coordinación para el traslado del extraditable a territorio nacional.

La realidad de los procesos de extradición y peticiones que realiza el gobierno Mexicano a Estados unidos es que conlleva demasiados procesos politicos y diplomaticos, por lo que la petición de extradición dependerá del tipo de crimen por el cual se está acusando y el intereses del gobierno mexicano en procesar a la persona investigada.

Se recomienda solicitar un amparo para verificar si se cuenta con orden de arresto en México lo cual será requisito esencial para efectos de verificar si existe la posibilidad de una orden de arresto, en justicia transparente podemos ayudarte.

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

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